El Régimen General de Desvinculación Voluntaria es un beneficio que permite a los empleados públicos retirarse de la administración de Río Negro recibiendo un apoyo económico y cobertura de salud durante un año, lo que facilita el inicio de nuevos proyectos personales o laborales.
Beneficios
- Pago de 1,2 sueldos por cada año de antigüedad o fracción mayor a seis meses.
- Cobertura de obra social IPROSS durante un año, con aportes y contribuciones 100% bonificados.
- Exenciones en tributos provinciales para quienes inicien una actividad económica en la provincia o contraten personal desvinculado dentro de los 12 meses siguientes.
¿Cómo adherir?
1. El agente debe presentar en el área de Recursos Humanos del organismo en el que trabaja:
2. Recursos Humanos prepara el expediente con información adicional sobre: antigüedad, licencias, bonificaciones, funciones, bienes patrimoniales y la conveniencia de la desvinculación según la máxima autoridad de la jurisdicción.
3. La Secretaría de la Función Pública tiene 30 días para emitir un dictamen:
- Si es no favorable, el agente es notificado y no puede recurrir.
- Si es favorable, el agente será notificado con la liquidación definitiva, incluyendo el monto total a percibir y la forma de pago.
El agente tiene 5 días para aceptar, declinar o pedir revisión de errores en la liquidación. Si el agente no presenta objeciones, el expediente es remitido a la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda para su intervención.
Solo después de que RR.HH. notifique al agente la conformidad administrativa, deberá presentar formalmente la renuncia al cargo.
Finalmente, se confecciona el proyecto de acto administrativo para el pago y se efectiviza tu desvinculación con los beneficios correspondientes.
Exclusiones
No pueden acceder al régimen:
- Personal de policía provincial, servicio penitenciario y docentes.
- Personal sometido a proceso penal o sumario administrativo.
- Funcionarios de conducción política, autoridades superiores o quienes estén próximos a jubilarse (menos de 5 años).
- Titulares de jubilación (excepto pensiones por fallecimiento).
- Personal no permanente o que haya iniciado reclamo administrativo o judicial contra la provincia (salvo Ley 24557).
Este régimen está diseñado para ofrecer seguridad económica y cobertura sanitaria a quienes decidan dar un paso hacia nuevos proyectos, respetando condiciones claras y un proceso transparente.
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