Gobierno de Río Negro
Función Pública

¿Cómo se inicia una investigación disciplinaria?

Conocé el procedimiento

Este procedimiento detalla la etapa preparatoria necesaria para armar un expediente por una presunta falta disciplinaria. Sirve para reunir las pruebas documentales iniciales, garantizar el derecho a defensa del agente involucrado y evaluar si corresponde enviar el caso a la Junta de Disciplina para iniciar un sumario.

¿A quién está dirigido?

Este instructivo está orientado a las áreas de Recursos Humanos, autoridades y directivos de organismos públicos que deban conformar y elevar un expediente disciplinario.

¿Quiénes pueden presentar una denuncia?

El procedimiento puede iniciarse a partir de una denuncia presentada por:

Paso 1: Presentación de la denuncia 

El procedimiento da inicio formal con la recepción de una denuncia, la cual puede ser presentada por la persona damnificada (agente de la Administración o tercero), la autoridad superior o cualquier funcionario público que tome conocimiento de un hecho violatorio a la normativa.

Paso 2: Solicitud de descargo al involucrado

Una vez presentada la denuncia, es un paso indispensable solicitar el descargo al presunto involucrado.

Paso 3: Valoración de la Jefatura o Dirección

Resulta fundamental incorporar un informe elaborado por el jefe inmediato o el superior a cargo del organismo.

Esta valoración debe ser explícita respecto a la conducta del agente, la situación planteada, los antecedentes y el perjuicio ocasionado al servicio.

Paso 4: Certificación de la relación laboral

Se debe agregar al expediente el documento oficial que certifica la relación laboral del agente. Debe contener obligatoriamente:

Paso 5: Emisión del Dictamen Legal 

Una vez reunida la documentación previa y armada la carátula, el expediente se remite a la Asesoría Legal del organismo para la emisión de un dictamen.

Paso 6: Armado final y elevación

La etapa preparatoria se clausura con la elevación del sumario. El expediente debe estar foliado (numerado) correctamente de principio a fin y ordenado cronológicamente.

Orden sugerido del expediente: 

  1. Carátula (con nombre, Documento Nacional de Identidad, legajo y objeto)
  2. Denuncia y pruebas
  3. Descargo
  4. Valoración de jefatura
  5. Situación de revista
  6. Dictamen legal.
  7. Elevación: La máxima autoridad del organismo, mediante nota eleva las actuaciones a la presidencia de la Junta Disciplinaria para su intervención. 

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¿Cómo armar el expediente?

Normativa

Ley Provincial Nº3487. Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública Provincial. 

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